La ley 34/2002, de 11 de Julio, tiene por objeto la regulación del régimen jurídico de los servicios de la sociedad de la información y de la contratación por vía electrónica.
La prestación de este tipo de servicios, de acuerdo con la ley, no estará sujeta a autorización previa, aunque ciertas actividades podrán sufrir restricciones en interés del orden público, protección de la juventud, de la infancia y todos aquellos principios que recoge la mencionada ley.
Es importante destacar que la ley entró en vigor el 12 de octubre de 2002 y por ello, todas aquellas empresas que presten servicios de la sociedad de la información, ya sea desde una presencia estática en la red a través de su web o a través de una presencia dinámica realizando comercio electrónico, deberán de cumplir con todas y cada una de las obligaciones que prescribe la ley.
Las sanciones que impone el cuerpo legal antes mencionado pueden llegar hasta 600000.