|
|
La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto a una entidad financiera una sanción de un total de 60.101 euros por ordenar la inclusión de una persona en un fichero de credito y solvencia patrimonial sin cumplir los requisitos que establece la ley para la misma. Los requisitos a los que hace referencia la noticia son: a) Que la deuda sea cierta, vencida y exigible. b) Que haya sido requerido de pago el deudor. La entidad financiera en cuestión, no ha podido demostrar ante la Agencia Española de Protección de Datos el requerimiento previo y por tanto, no se cumple el requisito de "calidad" de los datos establecido en la Ley 15/1999 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y la entidad financiera ha sido sancionada. Fuente: Europa Press. |